Encuanto a los trabajadores, si las mensualidades abonadas por la empresa no superan los 500 euros anuales, no se considerará retribución en especie, como sí se estimará el importe que supere esta cantidad. No hay, por otra parte, limitación en el número de personas que se pueden beneficiar de este seguro de salud colectivo.
Elseguro médico se considera retribución en especie cuando la cobertura médica alcanza tanto al trabajador como a su cónyuge y descendientes. Está sujeta a cotización a la Seguridad Social y exenta de tributación por IRPF, siempre y cuando las cuotas satisfechas no superen los 500€ anuales por beneficiario (1.500€ si alguno de

Ofrecidapor empresa. Seguro médico. 35,04%. 18,24%. Dietas y desplazamientos (kilometraje, manutención, etc.) 30,39%. 27,06%. Formación externa. 27,72%. 27,65%.

Sisu sociedad cuenta por ejemplo con dos socios administradores solidarios, que poseen el 50% de participación de la sociedad cada uno, y le paga un seguro de salud a estos dos socios, puede plantearse si dicho pago del seguro médico está exento del IRPF. Retribución en especie exenta. Hay que tener en cuenta que la Ley del IRPF

Enel presente caso, partiendo de la premisa de que el tomador del contrato es la entidad empleadora, en cuanto la empresa se obligue en los términos expuestos en el párrafo anterior (retribución en especie pactada con el trabajador) resultaría aplicable la exención del artículo 42.3.c) con sus límites cuantitativos respecto a las cuotas del seguro de

. 72 19 230 19 191 234 435 451

seguro médico empresa retribución en especie